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Código Municipal Artículo 72 ter Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/10/2026

Código Municipal Tamaulipas
Artículo 72 ter.

Para ser Contralor Municipal se requiere reunir los requisitos señalados en el artículo 67 de este Código. En los municipios con una población que exceda de 50,000 habitantes, se requiere poseer título de Contador Público, Licenciado en Administración Pública, Licenciado en Economía, Licenciado en Finanzas, Licenciado en Administración de Empresas u otros estudios técnicos o profesionales en materias análogas.



Estado de Tamaulipas Artículo 72 ter Código Municipal
Artículo 1 ...72 72 bis 72 ter 72 quater 73 ...438

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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